top of page

Delitos y Inmigración

¡Queremos ayudarte!

certified specialist immigration

Todo el mundo comete errores. Mientras que un ciudadano estadounidense puede cometer un crimen, pagar una deuda con la sociedad y luego determinar comenzar una nueva vida, lo mismo no aplica para los inmigrantes. Para los extranjeros, las consecuencias migratorias que se derivan de una condena penal puede convertirse en la peor pesadilla de una persona y muchas veces es una sanción mucho más severa que el castigo recibido por el delito subyacente. Con el endurecimiento de las leyes de inmigracion, la categoría de delitos que pueden llevar a la deportación de los EE.UU. o a la imposibilidad de obtener la residencia permanente o la naturalización se ha ampliado dramáticamente.

​

Nuestra firma cuenta con experiencia para tratar las consecuencias migratorias de delitos penales. Ofrecemos asesoramiento especializado de un abogado de defensa criminal que trata negociaciones en nombre de clientes inmigrantes y representamos a los inmigrantes con antecedentes penales para obtener alivio después de la condena para evitar cualquier impedimento de inmigración.

​

Con nuestro amplio conocimiento y experiencia en el tema de las consecuencias de inmigración por actividad delictiva, hemos planeado y llevado a cabo con éxito soluciones ingeniosas dentro del sistema de justicia penal para evitar las duras consecuencias migratorias de la actividad criminal, permitiendo a las personas que han tenido un asunto penal lograr su rehabilitación de una manera digna sin sufrir las consecuencias severas impuestas por las leyes de inmigración. Nuestra oficina analizará las consecuencias migratorias de delitos por los clientes que desean inmigrar y aquellas personas que no quieran perder su beneficio de inmigración.

​

La Ley de Antiterrorismo y Pena de Muerte Efectiva (AEDPA) y la Reforma de la Inmigración Ilegal y Responsabilidad del Inmigrante (IIRAIRA) han cambiado los conceptos tradicionales de la deportación y la exclusión, ampliando el alcance de los delitos deportables y limitando vias de alivio discrecional anteriormente disponibles.

​

DEFINICIÓN DE CONVICCIÓN

​

El IIRAIRA introdujo una nueva definición estatutaria de convicción [101 (a) (48) (A) INA]. La definición establece:
48 (A) El término «condena» con respecto a un extranjero, significa un juicio formal de culpabilidad del extranjero ingresado por un tribunal, o si la adjudicación de culpabilidad ha sido retenida, donde –
(I) un juez o un jurado ha encontrado al extranjero culpable o el extranjero ha presentado una declaración de culpabilidad o ‘no lo contendere’ o ha admitido suficientes hechos para justificar la conclusión de culpabilidad, y
(II) el juez ha ordenado algún tipo de castigo, sanción o restricción de la libertad del extranjero a imponerse.

​

El Departamento de Seguridad Nacional adopta la posición de que un asunto bajo el Estatuto de Desvío en el estado de California es una «condena definitiva» porque el acusado debe declararse culpable y tiene la obligación de asistir a un programa de anti-drogas. Hay cuatro clasificaciones generales de actividad delictiva que se traducirá en un proceso de deportación contra los no-ciudadanos. Al representar a no-ciudadanos, estrategias de sentencias apropiadas deben ser consideradas y se debe hacer el aviso correspondiente en cuanto a las consecuencias colaterales de inmigración de cualquier alegato contra la persona no ciudadana. Estos delitos incluyen, delitos de vileza moral, manejo de sustancias controladas y felonias agravantes. Un residente permanente legale pueden ser sujeto a un proceso de deportación si es condenado por delitos de vileza moral cometido en los últimos cinco años y si es condenado por un delito por el cual la sentencia impuesta es de un año o más puede ser deportable. Cualquier extranjero que en cualquier momento después de su ingreso es condenado por dos o más delitos de vileza moral, no pertenecientes a la misma trama criminal, independientemente de que fuera detendio, por lo tanto y sin importar de que las condenas fueron de un solo juicio es deportable.

​

El término «vileza moral» no está definido específicamente. La interpretación más aceptada lo define como: «un acto de bajeza, violencia o depravación en los deberes privados y sociales que el hombre tiene para con sus semejantes o para la sociedad en general, contrarias a las normas de derecho aceptadas y habituales y obligación entre los hombres». La Junta de Apelaciones de Inmigración ha seguido esta definición y afirmó que bajeza moral implica » una conducta que es tan contraria a la ley moral general de la comunidad, que el delincuente es traído a la vergüenza pública, ya no es respetado en lo general o se le priva de reconocimiento social por la gente de bien». Tradicionalmente, los delitos sexuales, robo y delitos de fraude han caído en esta categoría.

​

En California, muchos delitos menores y todos los delitos graves, incluyendo cualquier extremode ebriedad, llevan a una posible condena de un año o más. Un delito hybrid (castigable como un delito grave o un delito menor pero designado o reducido a un delito menor) conlleva una pena de un año. Esto significa que cualquier delito de vileza moral con una posible condena de un año y cometido dentro de los primeros cinco años de ingreso sería una ofensa deportable a menos que sea reducido a un delito menor.

​

Antes de IIRAIRA, las duras consecuencias de la deportación se evitaban si la imposición de condena era suspendida y el encarcelamiento impuesto solamente como una condición de período de prueba. El tiempo de cárcel impuesto no contaría como parte de una «sentencia impuesta» en lo que respecta a efectos de inmigración. IIRAIRA cambió esto específicamente mediante la definición de «condena» para que incluya el período de encarcelamiento o confinamiento ordenado por un tribunal de justicia, independientemente de la suspensión de la «imposición o ejecución de encarcelamiento o condena en su totalidad o en parcial». Abogados de defensa penal deben ser conscientes de esto. Un extranjero que haya sido condenado por un único delito de vileza moral (delito menor) no es inadmisible siempre y cuando la pena máxima posible por ese delito no sea mayor a un año y el extranjero sea condenado a no más de seis meses de encarcelamiento.

​

Violaciones de Sustancias Bajo Control

​

El DSN puede imputar a extranjeros como inadmisibles o abiertos a deportación. Una violación de sustancias bajo control no se basa sobre ninguna distinción entre delito menor o mayor o la imposición de una pena mínima de reclusión. Una causa de inadmisibilidad se puede prever como «una violación de (o una conspiración o intento de violar) cualquier ley o regulación de un Estado, los Estados Unidos, o de un país extranjero, en relación a una sustancia bajo control (como se define en la Sección 102 de Ley de Sustancias Bajo Control (21 USC 802)». También es un motivo de inadmisibilidad «que cualquier extranjero que el funcionario consular o de inmigración sabe o tiene razones para creer que es o ha sido un traficante ilícito de cualquier sustancia bajo control o es o ha sido un asistente cómplice, encubridor, conspirador o confabulador con otros en el tráfico ilícito de cualquier sustancia bajo control, es inadmisible». En estos casos, no se requiere una condena para nombrar a alguien inadmisible. Un extranjero que de lo contrario se encuentra legal también puede ser deportado por una violación de sustancias bajo control si en cualquier momento después del ingreso ha sido condenado por una violación de cualquier ley relacionada a una sustancia bajo control (definido en la Sección 102 de la Ley de Sustancias Controladas, a diferencia de un solo delito relacionado con la posesión de 30 gramos o menos de marihuana para uso propio.

​

Finalmente ciertos delitos se consideran tan graves que estas convicciones son conocidos como «delitos agravados», que puede exponer a un extranjero a ser deportado, elegible para fianza y no elegibles para la mayoría de las formas de alivios. El tráfico ilícito de sustancias controladas es un delito agravado.

​

Nuestra oficina ha representado a muchos no-ciudadanos con delitos de vileza moral, violaciones de sustancias bajo control y delitos con agravante. A menudo tenemos que volver a la corte criminal para cambiar una condena. Esto se conoce como un alivio de pos-condena. En California una sola violación de sustancias bajo control para la simple tenencia con fecha anterior a 14 de julio 2011 puede eliminar las consecuencias de inmigración conforme al «relevo de rehabilitación» como DEJ, la Prop. 36, o el Código Penal. § 1203.4 (eliminación de antecedentes penales).

​

Delitos agravados

​

Con la Ley Contra el Abuso de Drogas de 1988, el Congreso creó una nueva categoría de delitos, conocidos como delitos agravados, creando así una base diferenciada para deportación bajo la LIN. La definición inicial de delito agravado incluía el tráfico de drogas, asesinato y cualquier tráfico ilícito de armas de fuego o artefactos destructivos. Hoy en día el estatuto de delitos agravados consta de veintiún párrafos y se enumeran unos 50 delitos o clases generales de crímenes. Algunas violaciónes comunes son:

​

1. Delitos de violencia o robo:
La ley enmendada establece que los delitos de violencia y robo, incluyendo la recepción de propiedad robada y robo, son delitos con agravante si la pena impuesta es de al menos un año, sin importar cualquier suspensión de la imposición o ejecución de la pena. Abogados de la defensa penal deberían buscar obtener una condena de 364 días o menos para evitar el delito agravado bajo esta categoría.

​

2. Violación y Abuso Sexual de un Menor
Cualquier condena por violación o abuso sexual de un menor de edad es ahora un delito agravado, independientemente de la pena impuesta.

​

3. Fraude
Delitos de fraude pueden ser designados como delitos agravados, cuando el daño a la víctima supera los $ 10.000. Bajo la ley estatal la cantidad de pérdida no es siempre una decisión fácil.

​

Nuestra oficina ofrece asistencia a los abogados de defensa criminal y no ciudadanos por igual para asegurarse de que si hay un asunto penal pendiente, el acusado no se declare culpable de un delito con consecuencias migratorias severas. Si alguien ya ha sido condenado, todavía hay esperanza de volver a la corte criminal y buscar alivio pos-condena si hubo una violación legal o constitucional en el caso por parte del tribunal o consejo.

bottom of page