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Beneficios de Inmigración Especiales

¡Queremos ayudarte!

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Nuestra firma también maneja todo tipo de beneficios especiales de inmigración, incluyendo pero no limitado a algunos de los beneficios más populares tales como los Estatus de No-Inmigrante U y el Estatus de Protección Temporal (TPS).

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Nonimmigrant Visa for Victims of Criminal Activity.Las personas y sus familias que han sido víctimas de muchos tipos de delitos en los EE.UU., como la violación, asesinato, homicidio, violencia doméstica, asalto sexual, trata de personas y muchos otros, pueden ser elegibles para el Estatus de No-Inmigrante U.

Estatus de No-Inmigrante U proporciona protección a las víctimas de crímenes que han sufrido abuso mental o físico considerable debido a la criminalidad y están dispuestos a ayudar a las autoridades policiales en la investigación o el enjuiciamiento de la actividad criminal.

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Elegibilidad de No-Inmigrante
  Usted puede ser elegible para una Visa de No-Inmigrante U si:

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          Usted es la víctima de una actividad criminal que califique.​

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          Ha sufrido abuso físico o mental sustancial como resultado de haber sido víctima de actividad                          criminal.

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          Usted tiene información sobre la actividad criminal.

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          Usted fue útil, es útil o es probable que sea útil a la policía en la investigación o el enjuiciamiento                     del delito. Si usted es menor de 16 años o incapaz de proporcionar información debido a una                           discapacidad, un padre, tutor o amigo puede ayudar a la policía en su nombre.

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          The crime occurred in the United States or violated U.S. laws
 

          El crimen ocurrió en los Estados Unidos o violó leyes estadounidenses.

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Estatus de Protección Temporal (TPS).

El Departamento de Seguridad Nacional podrá designar a un país extranjero para el TPS, debido a las condiciones del país que temporalmente impidan regresar a salvo a sus ciudadanos o en ciertas circunstancias, cuando el país es incapaz de manejar el regreso de sus ciudadanos adecuadamente. TPS se podrá conceder a extranjeros elegibles de ciertos países, que ya se ecuntran en los Estados Unidos. Las condiciones que normalmente conducen a una designación de TPS incluyen desastres ambientales como terremotos o huracanes, guerras civiles u otras condiciones extraordinarias. Aunque la concesión de TPS no conduce a la residencia permanente, las personas con TPS no son deportables de los Estados Unidos, no pueden ser detenidos por el DHS, pueden recibir autorización de empleo y autorización de viaje.

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Para ser elegible para el TPS, una persona debe cumplir con todos los requisitos siguientes:

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          Ser ciudadano de un país designado para TPS, o una persona sin nacionalidad cuya última residencia              habitual es el país designado;

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         Solicita durante el periodo de inscripción o re-inscripción abierta o usted cumple con los requisitos                  para la inscripción inicial tardía durante cualquier extensión posterior a la designación de TPS de su                 país;

         Ha estado presente físicamente en los Estados Unidos desde la fecha efectiva de la fecha de                           designación más reciente de su país;

         

          Haber sido residente permanente en los Estados Unidos desde la fecha señalada para su país;

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          No haber sido condenado por ningún delito grave o dos o más delitos menores en los Estados Unidos;

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          No ser un perseguidor, ni ser sujeto a prohibiciones de asilo;

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          No estar sujeto a alguna causa penal o ser inadmisible por razones de seguridad para las cuales no               existan exenciones; y Cumplir con todos los requisitos para el registro de TPS o reinscripción como se             especifique para su país.

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Para ser elegible para TPS, una persona debe cumplir con todos los siguientes requisitos:

Ser ciudadano de un país designado para TPS, o una persona sin nacionalidad que haya residido habitualmente en el país designado;

         

Presente durante el período de registro abierto o reinscripción, o si cumple con los requisitos para el registro inicial tardío durante cualquier extensión posterior de la designación TPS de su país;

         

Haber estado presente físicamente de manera continua en los Estados Unidos desde la fecha de vigencia de la fecha de designación más reciente de su país;

Ha sido residente continuo en los Estados Unidos desde la fecha especificada para su país;

         

No haber sido condenado por ningún delito grave o dos o más delitos menores en los Estados Unidos;

         

No ser un perseguidor o estar sujeto a una de las barras de asilo;

No estar sujeto a uno de los motivos penales o de seguridad relacionados con la inadmisibilidad para los cuales no se dispone de una exención; y

Cumpla con todos los requisitos para el registro o reinscripción de TPS según lo especificado para su país.

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